Nieves: “Danilo tumbó la propuesta indecente de exenciones a empresarios”

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Nieves: “Danilo tumbó la propuesta indecente de exenciones a empresarios”
19 de Febrero del 2014
Ricardo Nieves en la Z101.
Redacción El comentarista de “El Gobierno de la Mañana” Ricardo Nieves felicitó este miércoles al presidente de la República, Danilo Medina, por rechazar la propuesta de ley presentada por el sector empresarial que buscaba -inclusive- modificar la ley 28-01 sobre la “Zona Especial de Desarrollo Fronterizo”.
Nieves destacó que el “análisis crítico” presentado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) critica que la propuesta establezca que se puedan acoger empresas innovadoras que produzcan bienes distintos, por lo que el Gobierno propone especificar qué se considera como “innovadora” y especificar que conlleve un proceso de transformación que modifique el bien de conformidad al Código Arancelario.
De igual modo, el Gobierno señala que se debe indicar, expresamente, que no se autorizaran a empresas que se encuentren tributando en ningún otro régimen de tributación, sea general o especial, aunque sea bajo otra razón social u otros accionistas que se compruebe relación de acuerdo a las disposiciones del artículo 281 del Código Tributario.
“Recomendamos que se especifiquen, puntualmente, los impuestos exentos que disfrutarán las empresas acogidas, para respetar a cabalidad el principio de legalidad que indica que las exenciones de impuestos deben estar expresamente indicadas en la ley. Esta Dirección General no recomienda la exención total del Impuesto Sobre la Renta”, destaca el comunicado de la DGII.
En ese mismo orden, el organismo desaprueba el literal D del artículo 16 de la propuesta de ley que señala que fungirán como agentes de retención de los impuestos internos y sugiere que se establezca lo siguiente: “Fungir como agentes de retención percepción de los impuestos, de conformidad a la normativa tributaria vigente”.
Asimismo, destaca que el artículo 20 de la propuesta de los empresarios busca modificar la ley 392-07, que establece la exención del pago del ITBIS en la DGA y que se efectúe el pago de la DGII al momento de venta del producto terminado.
“En el peor de los casos se puede establecer un porcentaje para que se adelante el ITBIS en DGA y cuando vendan el bien final completan el monto restante como mecanismo de control”, significa el texto.

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